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Divorcios

Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso: cuánto cuesta y cuánto tarda cada uno

15 de julio de 2026

Cuando una pareja decide poner fin a su matrimonio, casi siempre aparecen las mismas dos preguntas: cuánto va a costar y cuánto va a durar. Son dudas legítimas, sobre todo porque la decisión llega en un momento emocionalmente complicado y con la economía familiar en plena reorganización. La respuesta depende, en buena medida, de la vía que se elija: el divorcio de mutuo acuerdo o el divorcio contencioso.

Qué diferencia realmente a cada procedimiento

Desde la Ley 15/2005 no es necesario alegar causa alguna ni haberse separado previamente para divorciarse. Basta con la voluntad de uno o de ambos cónyuges, siempre que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio (artículo 81 del Código Civil). Ese plazo no se exige cuando se acredita un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad o la integridad moral del cónyuge demandante o de los hijos.

En el divorcio de mutuo acuerdo, ambos cónyuges presentan una demanda conjunta acompañada de un convenio regulador. El artículo 90 del Código Civil establece lo que ese documento debe contener: guarda y custodia y ejercicio de la patria potestad, régimen de comunicación y estancias, atribución del uso de la vivienda familiar, contribución a las cargas y pensión de alimentos, liquidación del régimen económico matrimonial y, en su caso, pensión compensatoria del artículo 97.

En el divorcio contencioso, en cambio, no hay acuerdo sobre alguno o varios de esos puntos. Un cónyuge presenta la demanda, el otro contesta, se practica prueba en una vista y es el juez quien decide mediante sentencia. Cada parte necesita su propio abogado y su propio procurador.

Cuánto cuesta un divorcio de mutuo acuerdo

No existe una tarifa oficial y los honorarios varían según la complejidad del caso, pero sí conviene conocer los conceptos que integran el coste:

Las personas físicas están exentas del pago de tasas judiciales, y quien no supere determinados umbrales de renta puede solicitar el beneficio de justicia gratuita. Como referencia general, un divorcio contencioso multiplica el coste del consensuado, porque se duplican los profesionales, se alarga la tramitación y con frecuencia se necesitan informes periciales o psicosociales.

Cuánto tarda cada uno

Los plazos dependen de la carga de trabajo del juzgado, por lo que solo pueden darse horquillas orientativas. El mutuo acuerdo suele resolverse en unas pocas semanas o algunos meses desde la presentación de la demanda conjunta, ya que el juez se limita a comprobar que el convenio no es dañoso para los hijos ni gravemente perjudicial para uno de los cónyuges y, si es así, lo aprueba.

El contencioso es sensiblemente más largo. Entre la demanda, la contestación, la eventual pieza de medidas provisionales (artículos 103 y 104 del Código Civil), el señalamiento de la vista y la sentencia pueden transcurrir muchos meses, y bastante más si se recurre en apelación. Cada juzgado tiene sus tiempos, así que conviene desconfiar de quien prometa un plazo cerrado.

El divorcio ante notario

Cuando hay acuerdo y no existen hijos menores no emancipados ni hijos con discapacidad con medidas de apoyo establecidas, el divorcio puede formalizarse en escritura pública ante notario o ante el letrado de la Administración de Justicia, siempre con asistencia de abogado en ejercicio. Es una vía ágil, aunque los hijos mayores o emancipados afectados por medidas sobre vivienda o alimentos deben prestar su consentimiento.

Se puede empezar contencioso y terminar de acuerdo

Sí, y sucede con frecuencia. Un procedimiento iniciado de forma contenciosa puede reconducirse a mutuo acuerdo en cualquier momento, incluso durante la vista, si las partes alcanzan un convenio. Por eso merece la pena intentar la negociación o la mediación antes de judicializar el conflicto, especialmente cuando hay hijos y la relación deberá mantenerse durante años. Puede conocer nuestro enfoque en divorcios y parejas de hecho o en el área de divorcio, separación y nulidad.

Puntos clave y plazos

  • Se puede solicitar el divorcio a los tres meses del matrimonio (sin plazo si hay riesgo para la vida o la integridad).
  • No hay que alegar causa alguna desde la Ley 15/2005.
  • El convenio regulador debe recoger todo lo previsto en el artículo 90 del Código Civil.
  • Mutuo acuerdo: un solo abogado y procurador posible, tramitación de semanas o pocos meses.
  • Contencioso: profesionales duplicados, prueba, vista y plazos considerablemente más largos.
  • Personas físicas exentas de tasas judiciales; posible justicia gratuita.

Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico personalizado de un abogado, ya que cada situación familiar presenta particularidades propias.

En Galindo & Barrio Abogados llevamos años acompañando a familias de Madrid en este proceso, buscando siempre la solución menos costosa y menos desgastante. Le ofrecemos una primera consulta gratuita para analizar su caso y decirle con claridad qué vía le conviene. Llámenos al +34 91 554 67 70 o solicite su cita online.

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