Procesos civiles e hipotecarios, declarativos y ejecutivos

Procesos civiles e hipotecarios, declarativos y ejecutivos

Procesos civiles e hipotecarios, declarativos y ejecutivos

El Derecho procesal civil de España es una rama del Derecho procesal que regula la actuación ante los tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil. La legislación procesal civil española está contenida dentro de la Ley de Enjuiciamiento Civil o LEC.
Por ley procesal civil debe entenderse: «la que regula la actividad jurisdiccional en el proceso civil y la que fija, en todos sus aspectos, los presupuestos, el contenido y el efecto de la relación jurídico procesal».

La norma procesal civil más importante viene constituida por la Ley de Enjuiciamiento Civil, aunque la misma no agota toda la materia procesal pues, como luego veremos, existen leyes distintas de la Ley de Enjuiciamiento Civil que contienen preceptos procesales.
Prescindiendo de antecedentes remotos (como el Fuero Juzgo, el Espéculo, el Fuero Real, las Leyes de Estilo, Las Partidas, las Leyes de Toro y la Nueva y la Novísima Recopilación) y centrándonos en el siglo XIX que es cuando comienza el proceso codificador, cabe señalar que además del Reglamento Provisional para la Administración de Justicia de 26 de septiembre de 1838, la norma que marca un hito en la evolución histórica es la Instrucción del procedimiento civil respecto a la Real Jurisdicción ordinaria de 1853, obra del Magistrado Don José de Castro y Orozco, Marqués de Gerona, a la sazón Ministro de Justicia, conocida también con el nombre de Instrucción del Marqués de Gerona, que modificaba el proceso ordinario.

Las tres ideas cardinales de toda reforma procesal: celeridad, simplificación y economía, inspiran directamente esa obra legislativa. Sus características principales son el incremento de los poderes del Juez, la poda de los incidentes y el acortamiento de los términos. En su propio texto se denunciaban duramente los abusos de la práctica y a sus causantes. Rectamente inspirada, abundando en aciertos, fracasó sobre todo por la con citación de los intereses amenazados. Ya en 18 de mayo de 1854, a los once meses de su promulgación, un Decreto suprimía la vigencia de la famosa Instrucción.